Discapacidad e Incapacidad laboral

Discapacidad

Cuando una persona presenta alguna limitación sensorial, psíquica, mental o física existe la posibilidad de solicitar un Certificado de Discapacidad. Este certificado es un documento oficial, expedido por la Administración Pública, mediante el cual se acredita la condición (temporal o definitiva) de la discapacidad.

La discapacidad desde el punto de vista administrativo es un mecanismo de protección pública que tiene como objetivo apoyar, mediante beneficios y ventajas sociales, a aquellas personas que presentan limitaciones y restricciones en determinadas actividades como consecuencia de una condición de salud congénita, hereditaria o adquirida.

Tipos de discapacidad

Discapacidad física
Consiste en falta, deterioro o alteración funcional de una o más partes del cuerpo, y que provoque inmovilidad o disminución de movilidad.
Discapacidad sensorial: 
Se divide en discapacidad auditiva y discapacidad visual.
Discapacidad auditiva: 
Consiste en el deterioro o falta de la función sensorial de la audición.
Discapacidad visual:
Deterioro o falta de la función sensorial de la vista.
Discapacidad intelectual: 
Limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa, que se manifiesta en habilidades adaptativas conceptuales, sociales y prácticas.
Discapacidad mental:
Alteraciones o deficiencias en las funciones mentales.

¿Por qué solicitar el certificado de discapacidad?

Es conveniente aclarar que el certificado de discapacidad no tiene relación con el término incapacitación. Este certificado permite trabajar y es dictaminado por el Departamento de Asuntos Sociales de cada Comunidad Autónoma. En cambio, la incapacitación es dictaminada por un juez conforme al grado de incapacidad que se presenta para poder trabajar (puede ser parcial, total, absoluta, gran invalidez de manera definitiva o provisional).

El Certificado de Discapacidad da derecho a la persona titular del mismo o a sus familiares a determinados beneficios sociales y económicos, que pueden variar según el porcentaje y tipo de discapacidad. Pero, a modo general, estos son  algunos de los tipos de ayudas y beneficios:

  • Impuestos: Reducción en la base imponible del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre Sociedades, Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
  • Vivienda: Ayudas para la adquisición de una vivienda de protección pública, para la accesibilidad y la adaptación de edificios e inmuebles.
  • Educación y formación: Becas y ayudas.
  • Pensión no contributiva de invalidez (personas con problemas económicos y 65% de discapacidad)
  • Empleo: Reserva de plaza para trabajadores con discapacidad; adaptación del puesto de trabajo a las circunstancias personas del trabajador; incentivos para la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad e incentivos y características especiales en otras modalidades de contratación.

¿Cómo solicitar el certificado de discapacidad?

La tramitación del grado de discapacidad depende del área de Asuntos Sociales de cada Comunidad Autónoma y contempla las siguientes fases:

  1. Contacto con el organismo competente de la Comunidad Autónoma (Consejería de Asuntos Sociales del Ayuntamiento en cuestión o Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad más cercanos al solicitante)
  2. Presentación de la solicitud
  3. Reconocimiento y valoración
  4. Dictamen técnico-facultativo
  5. Trámite de audiencia
  6. Obtención de la resolución

Centros Base de valoración y orientación a personas con discapacidad

Son centros de ámbito provincial o comarcal destinados a la valoración y orientación de las personas con discapacidad. Corresponde a estos centros la valoración de la minusvalía, determinando su tipo y grado; el reconocimiento de un grado de minusvalía se produce tras los dictámenes técnico-facultativos emitidos por los Equipos de Valoración y Orientación (EVOs) constituidos en estos centros.

Las funciones de estos centros son:

  • La prestación de servicios de información y asesoramiento general.
  • Diagnóstico, valoración, calificación y orientación de personas con discapacidades físicas, sensoriales y/o psíquicas.
  • Logopedia, estimulación temprana, psicomotricidad, fisioterapia y psicoterapia en régimen ambulatorio.
  • Valoración y orientación en formación y empleo y formación ocupacional.

Revisión del grado de discapacidad

El grado de discapacidad concedido tiene un periodo de validez variable. Tras este periodo se hace una revisión de oficio. El órgano encargado de establecer el periodo de validez y realizar la revisión es la Dirección General de Servicios Sociales.

Incapacidad laboral

La incapacidad laboral se corresponde con aquella situación en la que, bien por padecer una enfermedad o haber sufrido un accidente, una persona ve disminuida su capacidad para desempeñar un puesto de trabajo.

Grados de incapacidad

Con carácter general, la incapacidad laboral se puede clasificar de esta forma:

La incapacidad temporal: 
Se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Incapacidad permanente parcial para desempeñar la profesión habitual:
Se trata de aquella discapacidad que, aunque no sea total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33 % en el desempeño de su trabajo.
Incapacidad permanente total para la profesión habitual:
Inhabilita al trabajador para ejercer sus tareas profesionales pero no le impide dedicarse a otras disciplinas.
Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo:
Impide al trabajador realizar cualquier tipo de profesión.
Gran invalidez:
Se trata del grado de incapacidad permanente más severo.

La principal diferencia entre estos tipos de incapacidades es que se determinan en función del porcentaje de reducción de la capacidad de trabajo del interesado, la cual será medida conforme a la lista de enfermedades aprobada reglamentariamente.

¿Por qué solicitar la incapacidad laboral?

Las incapacidades laborales se corresponden con aquellas situaciones en las que una persona ve disminuida su capacidad para desempeñar un puesto de trabajo. La pensión por incapacidad laboral es una ventaja social que protege al trabajador que se ve obligado a abandonar su puesto a consecuencia de una enfermedad o un accidente En el caso de las enfermedades crónicas como las IMID va a ser determinante el estado en que se encuentra la evolución de la enfermedad y su afectación a la capacidad laboral de la persona, las secuelas que haya ocasionado la enfermedad y las repercusiones funcionales o las limitaciones generadas.

¿Cómo solicitar la incapacidad laboral?

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el órgano competente para evaluar, calificar y revisar la incapacidad y reconocer el derecho a las prestaciones económicas. Para ello existen en cada Dirección Provincial un Equipo de Valoración de Incapacidades que examinarán la situación de incapacidad del trabajador.

El procedimiento puede ser iniciado principalmente a petición del propio interesado, por la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, o por el propio INSS.

En este enlace del Instituto Nacional de la Seguridad Social se puede consultar más información relativa al procedimiento.